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Programa FISE

La empresa de distribución eléctrica

¿A quiénes entrega la empresa de distribución eléctrica el vale de descuento FISE?

Las distribuidoras eléctricas entregarán los Vales de Descuento FISE a los Usuarios FISE que cuenten con suministro eléctrico y cocina a GLP.

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¿Cuáles son las obligaciones de las Distribuidoras Eléctricas?

  • Emitir el vale de descuento FISE a fin de distribuirlo a los Usuarios FISE.
  • Las Distribuidoras Eléctricas, dentro de los primeros 20 días calendario del mes, presentarán las liquidaciones del FISE al Administrador (OSINERGMIN).
  • Adecuar su sistema comercial a fin de facilitar la distribución y control del otorgamiento del Vale de Descuento FISE.

¿Quién debe realizar el empadronamiento de los usuarios FISE con servicio eléctrico?

Las empresas de distribución eléctrica realizarán el empadronamiento de los beneficiarios potenciales del FISE, ubicados dentro de su área de concesión.

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¿Quiénes son considerados como potenciales beneficiarios FISE para las empresas de distribución eléctrica?

Son considerados potenciales beneficiarios FISE los usuarios residenciales del servicio eléctrico con consumo mensual promedio en los últimos 12 meses menor o igual a 42 kwh.

  • ¿Cuál es el procedimiento a seguir por las empresas de distribución eléctrica para establecer el empadronamiento de los usuarios FISE con servicio eléctrico?
  • Las empresas de distribución eléctrica remitirán a los potenciales beneficiarios FISE una esquela informativa anunciando la realización del proceso de empadronamiento e indicando los requisitos que deben cumplir para su incorporación como beneficiarios FISE.
  • Los referidos beneficiarios deberán entregar a las empresas de distribución eléctrica lo siguiente:
    • El Documento Nacional de Identidad (DNI).
    • Una declaración jurada de tenencia y uso de cocina y balón de GLP, autorizando su verificación.
    • Presentar el recibo de consumo de electricidad.
    • La relación de usuarios registrados en la solicitud de servicio provisional. Este requisito solo se aplica para los suministros provisionales y colectivos.
  • Las empresas de distribución eléctrica deberán verificar la veracidad de la información entregada en el numeral anterior, para lo cual realizaran visitas de inspección confirmatorias.
  • Las empresas de distribución eléctrica deberán depurar su respectiva base de datos asegurando que se evite duplicidades en el beneficio, ya que el titular del suministro solo puede recibir un vale de Descuento FISE por mes.

¿Quién establecerá los costos administrativos en los que incurran las Distribuidoras Eléctricas para la implementación del FISE?

OSINERGMIN, a través de un estudio especializado, establecerá los costos administrativos a través de la Gerencia de Regulación Tarifaria – GRT.

¿Quién efectuará el reembolso de los costos administrativos en los que incurran las Distribuidoras Eléctricas para la implementación del FISE?

OSINERGMIN (Administrador) efectuará el reembolso de costos administrativos aprobados mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada por la empresa de Distribución Eléctrica.

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¿Cuál es el contenido del convenio de Operación con los Agentes Autorizados?

Según el artículo 6° de la RCD N° 173-2012-OS/CD, los convenios FISE a suscribir, entre la Distribuidora Eléctrica y los Agentes Autorizados de la cadena de GLP (Local de venta de GLP, Distribuidor de GLP en cilindros, Plantas Envasadoras o Establecimientos de venta al público de combustibles líquidos autorizados a vender GLP en cilindros), deberán contener como mínimo el modelo referencial que se incluye en el Anexo 3 de la referida resolución; por lo que las partes no podrán modificar o quitar las cláusulas allí establecidas; quedando solo facultades para agregar otra cláusulas.
En el modelo de convenio de Operación con los Agentes Autorizados de la RCD N° 173-2012-OS/CD se establece como obligación de las distribuidoras eléctricas efectuar el pago al agente autorizado en un plazo máximo de 5 días hábiles. ¿La empresa de distribución eléctrica puede cambiar u obviar esta obligación en el convenio que firme con el agente autorizado?
No, porque la obligación de las distribuidoras de efectuar el pago a los agentes autorizados en el plazo de 05 días se ha establecido en el modelo de convenio; y de acuerdo al artículo 6° de la RCD 173 el contenido del convenio modelo debe respetarse.

¿Quién debe promover la suscripción de convenios con los agentes autorizados?

De acuerdo al artículo 8.2° de la RCD 138-2012-OS/CD, las empresas de distribución eléctrica deberán promover la suscripción de convenio con los agentes autorizados, para lo cual deberán verificar en la página web de OSINERGMIN, antes de la firma del convenio, que dichos agentes cuenten con registro hábil de hidrocarburos.

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¿Las empresas de distribución eléctrica tienen la obligación de entregar las banderolas de identificación a los agentes autorizados?

Si, las empresas de distribución eléctrica, según el artículo 7.2 de la RCD N° 173-2012-OS/CD, son las encargadas de elaborar las banderolas de identificación de los Agentes Autorizados para la venta de GLP.
Asimismo en el modelo de convenio FISE (anexo 3 de la RCD N° 173) se establece como una de las obligaciones de las distribuidoras eléctricas, dotar al Agente Autorizado de la publicidad que identifique su condición de distribuidor autorizado del FISE, que es la referida banderola.

¿Quién entrega el padrón de beneficiarios a los agentes autorizados?

Las empresas de distribución eléctrica son las responsables de remitir a los Agentes Autorizados, mensualmente, en la misma fecha en que se distribuyan los vales de descuento FISE, la parte pertinente del padrón consolidado de beneficiarios del FISE que utilizarán dichos Agentes.

¿Las empresas de distribución eléctrica se encuentran obligadas a realizar capacitaciones a su personal y a los agentes autorizados?

Sí, porque todo lo referido a la difusión del FISE es obligación de las empresas de distribución eléctrica.
Según el artículo 7.3° de la RCD N° 173-2012-OS/CD, las empresas de distribución eléctrica son las encargadas de informar permanentemente a los usuarios y público interesado sobre el FISE.
Asimismo deben implementar paneles informativos, distribuir trípticos y/o información impresa sobre el FISE.
Adicionalmente, las empresas de distribución eléctrica colocarán un acceso a través de su página web así como informarán en sus centros de atención al cliente y en forma presencial o a través del teléfono las consultas del público en general.

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